También un egreso semanal para asistir a un curso fuera de la carcel.
Uno de los condenados por el secuestro y asesinato de Axel Blumberg, cometido en marzo de 2004 en un descampado de Moreno, fue beneficiado por la justicia con salidas transitorias mensuales de 8 horas cada una para visitar a su familia y también un egreso semanal para asistir a un curso fuera de la cárcel.
Carlos Saúl Díaz (35), quien al momento del crimen era menor de edad, luego recibió una condena a 21 años de cárcel y actualmente está preso en la Unidad Penal 19 del Servicio Penitenciario Federal (SPF).
La medida fue dispuesta por el juez Daniel Cisneros, del Tribunal Oral Federal (TOF) 2 de San Martín -que hace 18 años condenó a Díaz junto a otros integrantes de la misma banda-, tras un pedido de su defensora particular, Claudia Cesaroni, quien también solicitó la libertad condicional, lo cual le fue denegado.
En su dictamen, el fiscal Alberto Gentilli se manifestó en favor de que Díaz reciba salidas transitorias por estudio los días viernes de 14 a 18, para asistir al taller de Cooperativismo y Micro emprendimiento, dependiente de las asesorías que integran la cooperativa “Esquina Libertad”, bajo supervisión penitenciaria, requiriendo eleven informes semanales sobre su desarrollo”; y que esto se le conceda “hasta la finalización del curso citado”, que es en noviembre próximo.
Por su parte, Juan Carlos Blumberg solicitó que Díaz “cumpla plenamente la pena de prisión impuesta” y resaltó que “hubo cuestiones que forzaron a las autoridades penitenciarias a cambiar de opinión” respecto del detenido.
En una audiencia oral en la que las partes expusieron sus respectivos argumentos, el propio Díaz dijo que está “arrepentido de sus actos” y reconoció ser “una persona distinta” a la que era en 2004.
En su fallo el juez Cisneros rechazó el pedido de libertad condicional por considerar que el “pronóstico de reinserción social favorable para su inclusión debe ser pleno, situación que aún no se evidencia”.
Y si bien Díaz ya cumplió 18 de los 21 años de la pena impuesta, el magistrado entendió que “el mero paso del tiempo no es condición «sine qua non» para su inclusión” en el régimen de libertad condicional.
Respecto a las salidas transitorias, el juez recordó que el SPF informó que estaba a favor, de manera unánime, de otorgarle dicho beneficio a Díaz.
El juez Cisneros dispuso que Díaz “tendrá derecho, en un primer momento, a egresos mensuales de ocho horas cada uno de ellos; bajo tuición penitenciaria” y “con el objeto de afianzar y mejorar los lazos familiares y sociales”; para lo cual le fijó determinadas reglas de conducta.
Y también le concedió las “salidas transitorias por estudio”, los “viernes de 14 a 18”.
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